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Horarios

Lun - Vie, 8:00 - 12:00 / 14:00 - 18:00

La Corporación

Corporación pública, encargada de ejercer control político a la Administración Municipal y expedir Acuerdos Municipales.

El Concejo Municipal de Popayán como Corporación Pública, de elección popular Político Administrativo, ejercerá control político a la Administración Municipal, facilitara la participación democrática, debatirá y expedirá Acuerdos para promover el desarrollo integral de la ciudad y sus habitantes, en cumplimiento de los fines sociales del Estado Social de Derecho, a través de una Organización Administrativa, autónoma, eficiente y moderna. De igual manera vigilara y controlara la Gestión de las Autoridades Municipales de conformidad con los deberes y derechos consagrados en la Constitución Política, la Ley y los acuerdos Municipales.

El Concejo Municipal de Popayán en el año 2030, será el mejor Concejo del país dentro de las categorías de los Municipios por su ejercicio democrático, la innovación de sus políticas y prevalencia del bien común.

Funciones del Presidente del Concejo Municipal de Popayán

  • Actuar en representación del Concejo en los actos y actividades que le correspondan.
  • Convocar, presidir y dirigir las sesiones plenarias.
  • Fomentar las buenas relaciones de la Corporación con el gobierno y con los demás Concejos del país.
  • Someter a discusión y firmar las actas de la Corporación.
  • Disponer los gastos de la Corporación con sujeción a las apropiaciones presupuéstales respectivas, excepto aquellos que sean de competencia de la mesa directiva.
  • Dar posesión a los Concejales, Presidente,  Vicepresidentes y al Secretario, previo el lleno de los requisitos legales.
  • Tramitar ante la Plenaria del Concejo las renuncias presentadas por los Concejales.
  • Disponer las medidas necesarias para hacer efectiva la declaratoria de nulidad de la elección de un Concejal.
  • Hacer efectivo el cese de funciones de un Concejal por la declaración de interdicción judicial.
  • Declarar las vacancias absolutas de los Concejales y disponer lo pertinente para su ocupación.
  • Hacer efectivas las sanciones de destitución y suspensión de Concejales.
  • Designar ponente a los proyectos de acuerdo.
  • Firmar los proyectos de Acuerdo aprobados por el Concejo.
  • Sancionar y publicar los proyectos de Acuerdo cuando la plenaria hubiere rechazado las objeciones por inconveniencia formuladas por el Alcalde y éste no lo sancione.
  • Designar el coordinador y los integrantes de las comisiones accidentales.
  • Dirigir los debates, mantener el orden, cumplir y hacer cumplir el reglamento y decidir las dudas de interpretación que acerca de éste se susciten.
  • Velar por el buen funcionamiento de la secretaría del Concejo.
  • Fijar las políticas para la correcta ejecución del presupuesto de la Corporación,  en  su calidad de ordenador del gasto.
  • Requerir a las comisiones para que presenten sus informes dentro del término que se les haya fijado.
  • Solicitar a los representantes de las entidades públicas o privadas los documentos o informes relacionados directamente con asuntos de interés público investigados por la Corporación.
  • Presentar informes de labores al término de su gestión.
  • Cumplir y hacer cumplir las normas sobre carrera administrativa en su condición de nominador.
  • Fijar, redefinir, reasignar y suprimir por medio de resolución las funciones que deben desempeñar los diferentes cargos del Concejo, de acuerdo a la naturaleza de los mismos.
  • Las demás contempladas en la Constitución, la ley y este reglamento.
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